TEXTO ORDENADO SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE IMPORTACIÓN A CONSUMO

Franz Ernesto Vaca Rosado

Despachante de Aduanas  – GRIGOTA S.R.L.

El día de ayer 23 de mayo el Directorio de la Aduana Nacional emitió su Texto Ordenado del Procedimiento del Régimen de Importación para el Consumo a través de la Resolución de Directorio N° RD 01-018-19 DE 22/05/201, en el documento se observan modificaciones e incorporaciones a la Resolución de Directorio N° RD 01-010-19 de 12/03/2019, que aprobó el Procedimiento del Régimen de Importación para el Consumo GNN M01 Versión 06.

Estas modificaciones responden a gestiones y consultas realizadas por parte de los Despachantes de Aduanas y la Cámara Nacional de Industria, dejando sentado que cuando se trabajan en sinergia entre el sector privado y público bajo un interés común que es el de facilitar el Comercio Exterior en nuestro país, los resultados fluyen y son demostrables, prueba de ellos son las modificaciones que se incorporaron en este nuevo texto aprobado recientemente.

Se observan aclaraciones en el Endoso aduanero, campo destinado a la descripción comercial de la mercancía, aclaraciones del despacho anticipado vía marítima, la regularización en los despachos anticipado e inmediato, flexibilidad en la presentación de garantía para las contravenciones al despachante, lo que significa un avance importante y resuelve en gran medida una preocupación del sector de los Despachantes de Aduanas

Siguiendo con las incorporaciones y modificaciones se observa que en canales rojos y amarillos para despachos bajo DS 2295 para aquellas Agencias que no tengan ampliación de jurisdicción NO será necesario la firma y sellos del despachante para él retiro de mercancías, pero posteriormente deberá completarse la formalidad.

Se aumenta el registro de serie IMEI como parte de la DUI descripción casilla 31, exigencia de presentar C80 documento de exportaciones países limítrofes NO siendo objeto de sanción la no presentación, aspecto a resaltar en las incorporaciones del nuevo texto.

La elaboración de las actas en los plazos establecidos, considerando que el administrador pueda autorizar plazos iguales, esta figura asegura la presencia del Administrador en las oficinas para poder atender y facilitar en los tramites en sus administraciones aduaneras.

En los embarques parciales anticipados si no tiene observaciones a la DUI se autoriza la emisión del parte y retiro de cada embarque parcial, la emisión de los partes de recepción en los tiempos establecidos, esto otorga una seguridad en el cumplimiento de los plazos por parte de los que intervienen en el proceso.

En el tema referido a las observaciones plasmadas en las Actas de Reconocimientos / Informe de Variación del Valor, mientras no se acepte o rechace las observaciones las Declaraciones de Importación no pueden ser sujeta a enmiendas ni modificaciones alguna, este aspecto brinda la oportunidad al operador de que si en el proceso decide por pagar la sanción o multa puede realizarse sin tener cuidado que su Declaración haya sido modificada anteriormente.

Se han incorporados modificaciones a la notificación de las Actas de Reconocimiento / Informe de Variación de Valor ya sea que no lo haga el administrador lo podrá realizar el sistema de manera automático al operador, asegurando de esta forma que el sujeto pasivo tenga conocimiento oportunamente de los cargos establecidos y pueda sumir defensa de manera ágil.

Además de lo anterior, se han incorporado otras modificaciones relacionadas al Levantamiento automático al vencimiento de los plazos, en el Anexo 6 consideraciones para emisión del FDM patrones IM4 IMI4 IMA4 IM5 IM6, Llenado descripción comercial casilla 31, Fletes I II seguro en reimportación de mercancías, entre otras modificaciones.

La emisión de este texto ordenado es un avance importante para la facilitación del comercio exterior en Bolivia, que brinda una seguridad de que las preocupaciones y consultas son atendidas por parte de nuestras Autoridades, más aún cuando se busca como se señaló anteriormente un interés común, que es precisamente la Facilitación.

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