LA DECLARACIÓN DE ADQUISICIÓN DE MERCANCÍAS (DAM)

Alvaro Raúl Obando Rivera
SECRETARIO GENERAL – CRDA SC

En el marco de la ejecución del Plan Estratégico Institucional y la implementación del nuevo Sistema de Gestión Aduanera de la Aduana Nacional, de manera paulatina se ha establecido la puesta en vigencia del Reglamento para la aplicación de la Declaración de Adquisición de Mercancías (DAM), declaración previa sin el pago de tributos que contiene información de la factura comercial, la transacción y el detalle de mercancías que hayan sido sujetas a un proceso de compra y venta en territorio extranjero y que sean sometidas en territorio nacional al régimen de importación a consumo o admisión temporal para el perfeccionamiento activo (RITEX), incluyendo aquellos casos en los que intervenga una Empresa de Desconsolidacion y Consolidación de carga internacional, no pudiéndose aplicar para despachos anticipados e inmediatos por citar alguna excepciones.
Con la presentación de la… Declaración de Adquisición de Mercancías (DAM) de manera posterior al embarque y previo al arribo de las mercancías a puerto de transito y/o frontera de ingreso al País, más la respectiva documentación soporte de manera digitalizada a través del Sistema Informático, permitirá que la Aduana Nacional pueda realizar la gestión de riesgos de forma anticipada y contar con estadísticas a nivel nacional de las mercancías que ingresarán al país. En ese entendido, los Importadores deben conocer muy bien que la documentación es clave para elaboración de la DAM.
De momento las dudas sobre la Declaración de Adquisición de Mercancías (DAM) persisten, pero se tiene la expectativa de que ésta declaración como las demás a implementar por la Aduana Nacional mejoren el control aduanero y faciliten el comercio exterior en nuestro país.

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